Objetivos.
1.– Es objeto de la presente Orden favorecer la internacionalización de las empresas vascas a través de su participación en las licitaciones internacionales que se celebren durante todo el ejercicio 2017, así como en las convocatorias de expresiones de interés previas a las mismas, y que sean convocadas por una entidad pública no radicada en el estado español, tanto de manera individual como en cooperación. El presente programa de ayudas, Programa Interlehian, estará en vigor durante el ejercicio 2017 hasta el agotamiento de los fondos destinados al mismo.
2.– A los efectos de la presente Orden, entendemos como licitación un proceso formal, competitivo y público, de selección y adjudicación de contratistas, mediante el que se solicitan, se reciben y evalúan ofertas para la adquisición de bienes, obras y servicios. Y como expresión de interés el proceso formal de preselección de empresas candidatas a ser invitadas en licitaciones públicas para la adquisición de bienes, obras y servicios.
3.– Las ayudas del programa Interlehian consistirán en subvenciones a fondo perdido, dirigidas a favorecer la participación de los beneficiarios en licitaciones a contratos de obras, concesión de obras públicas, suministros y de servicios.
Beneficiarios.
1.– Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden las microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYMES), radicadas, o que tengan una instalación productiva en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se presenten individual o conjuntamente, en uniones, o agrupaciones, de empresarios temporales, y que cuenten con un plan estratégico.
2.– También podrán solicitar estas ayudas las empresas que no cumplan con la condición de PYME cuando lideran una unión de empresarios constituida temporalmente al efecto.
Gastos subvencionables.
2.– Los gastos susceptibles de apoyo en presentación de expresiones de interés son:
a) Adquisición de pliegos, o de inscripción.
b) Análisis y preparación de la expresión de interés (EOI).
c) Registro del producto en el mercado destino.
3.– Los gastos susceptibles de apoyo en presentación de propuestas a licitaciones públicas son los siguientes:
a) Adquisición de pliegos, incluso desplazamiento para la adquisición.
b) Análisis y preparación de la oferta.
c) Registro del producto en el mercado destino.
4.– Los gastos correspondientes a servicios o actividades retribuidos mediante precios públicos quedan, expresamente, excluidos.
5.– Se admitirán los gastos realizados con anterioridad a la fecha de publicación del resultado de la convocatoria de expresiones de interés (publicación de la lista corta), o de la apertura de la oferta económica de la licitación en su caso, siempre que sean del año 2017.
Fecha solicitud.
Hasta el 31 de octubre de 2017.

