2ª Convocatoria Creación de Empresas Innovadoras

Se consideran nuevas empresas innovadoras aquellas que incorporan elementos novedosos en productos, procesos o servicios en el mercado de Bizkaia,.

Pueden acceder a él personas físicas, nuevas empresas sin alta en IAE o con alta igual o posterior al 1 de enero de 2021, empresas existentes con al menos 6 puestos de trabajo promotoras de proyectos de intraemprendimiento y/o de nuevas empresas.

Preguntas Frecuentes

Área 1: Desarrollo
Facilitar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales innovadores, que aporten al tejido empresarial de Bizkaia actividades de nuevas tecnologías, con alto valor añadido y potencial de crecimiento.

Área 2: Creación
Facilitar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales innovadores, que aporten al tejido empresarial de Bizkaia actividades de diversificación y de nuevas tecnologías, con alto valor añadido y potencial de crecimiento.

Área 4: Aceleración
Acelerar el crecimiento de las empresas en términos de generación de actividad económica.

Área 1:
Personas físicas de Bizkaia promotoras de nuevas empresas innovadoras, y/o nuevas empresas innovadoras de Bizkaia, sin alta en IAE o con primera fecha de alta igual o posterior al 1 de enero de 2021.
Empresas existentes de Bizkaia, con al menos 6 puestos de trabajo a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, promotoras de nuevas empresas innovadoras.
Empresas existentes de Bizkaia, con al menos 6 puestos de trabajo a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, promotoras de nuevas unidades de negocio, resultado de proyectos de intraemprendimiento.

Área 2:
Nuevas empresas innovadoras de Bizkaia, con primera fecha de alta en el IAE igual o posterior al 1 de enero de 2021, que tengan al menos 2 puestos de trabajo a jornada completa.

Área 4:
Empresas existentes, con primera fecha de alta en el IAE igual o posterior al 01/01/2019, con un capital social desembolsado de al menos 30.000 euros, con al menos 4 empleos (2 de ellos en Bizkaia) a fecha de presentación de la solicitud y con una cifra de facturación mínima en el ejercicio del 2021 de 200.000 euros.

Área 1:
Estudios de viabilidad, de mercado y estudios de marketing, así como informes técnicos; desarrollo del concepto, características y funcionalidades básicas del producto o servicio; asesoramiento externo para el desarrollo del proyecto; protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones y viajes y asistencia a ferias. En el caso de nuevas empresas innovadoras, arrendamiento de un local de negocio en Bizkaia.

Área 2:
Prima por constitución de la nueva empresa y ampliaciones de capital; su constitución y lanzamiento; asistencia a ferias como expositor y los viajes asociados; protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones; arrendamiento de un local de negocio en Bizkaia y contratación de una persona tecnóloga o desarrolladora del negocio.

Área 4:
Gastos de consultoría externa para el desarrollo del proyecto de aceleración.

Los gastos deberán realizarse y estar efectivamente pagados entre el 01/01/2022 y el 31/12/2024.

Área 1:
Se financia hasta el 100% de los gastos con un máximo de 60.000,00 euros.
Área 2:
El % máx. de subvención se establecerá en función de la puntuación obtenida en la valoración (De 50 a 69 puntos: 60%, 70 puntos o más: 80%).El importe máximo de subvención de 65.000,00 euros.
Área 4:
Se financia un 80% del gasto subvencionable y no siendo en ningún caso superior a 20.000,00 euros.

Desde el 14 de julio hasta el 15 de septiembre de 2023.

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