Los destinatarios finales de los eventos de emprendimiento innovador serán las personas que asisten a las actividades del evento de emprendimiento innovador.
La finalidad de esta línea de ayudas (mínimis) es promover el emprendimiento y la innovación en todo el territorio nacional, contribuir al desarrollo de ecosistemas regionales y locales, fortalecer los foros de encuentro, redes formales e informales de apoyo a emprendedores y oportunidades de formación. El apoyo a estos eventos ( jornadas, congresos, ferias, exposiciones, foros, actos de promoción del emprendimiento u otras actuaciones de carácter similar, dirigidos a empresas emergentes (startups), personas emprendedoras o personas que estén valorando iniciar un proyecto emprendedor o inversores) contribuirá al fortalecimiento del tejido empresarial, su competitividad y posibilidades de crecimiento e internacionalización, además de potenciar la atracción de talento e inversión a esos territorios.
Preguntas Frecuentes
El objeto de la convocatoria es seleccionar, en régimen de concurrenciacompetitiva, los beneficiarios de las ayudas para la ejecución de eventos deemprendimiento innovador que estimulen e impulsen el espíritu emprendedor.
Los eventos de emprendimiento innovador serán actos de carácter local,autonómico, nacional o internacional a celebrar en un lugar concreto.
Podrán tener la condición de beneficiarias las entidades que organicen el evento de emprendimiento innovador, siempre que estén válidamente constituidas, con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal y principal centro operativo en España. Pueden ser entidades jurídicas públicas o privadas. Deberán estar inscritas en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de cada Administración Tributaria Foral, con una antigüedad mínima de dos años antes dela fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de esta convocatoria.
Las ayudas previstas se destinarán a financiar los gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo de las actuaciones descritas para las que se hayan concedido la ayuda. Dichas ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:
a) Personal propio y externo directamente involucrado en el desarrollo de las actividades.
b) Manutención de participantes y desplazamiento (transporte, alojamiento y manutención) de personal.
c) Material didáctico, textos y materiales fungibles empleados en las actividades.
d) Alquiler de instalaciones, edificaciones, maquinaria o equipos de terceros requeridos para el desarrollo de las actividades.
e) Acondicionamiento de espacios para adecuar el espacio en el que se desarrollarán las actividades.
f) Servicios profesionales necesarios para el desarrollo de las actividades como (traducción, personal auxiliar, grabación, entre otras).
g) Creación y mantenimiento de entornos virtuales como herramienta de apoyo a las actividades.
h) Comunicación y difusión.
i) Informe de Auditoría.
j) Costes indirectos, es decir, costes que no están vinculados o no pueden vincularse directamente con una actividad específica de la entidad en cuestión (por ejemplo, gastos de teléfono, agua o electricidad.
3. El periodo en el que se podrán realizar gastos subvencionables abarca hasta el 31 de diciembre de 2023.
El presupuesto total de las ayudas en la presente convocatoria asciende a la cantidad de 4.000.000 euros. La financiación y pago de la subvención se efectuará con cargo a fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, provenientes dela Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, que han sido incorporados al presupuesto de la Fundación EOI.
Hasta el 22 de enero de 2023