Incrementar la capacidad de competir e innovar

Objetivo.

Mediante el presente programa de ayuda se persigue incrementar la capacidad de competir e innovar de las empresas de Bizkaia, de forma sostenible e integrada en su entorno.
Con esta finalidad ofrece subvenciones a las entidades beneficiarias.

Hechos subvencionables.

Se considera hecho subvencionable las actuaciones orientadas a mejorar la competitividad de la entidad solicitante mediante proyectos de innovación, tanto tecnológica como no tecnológica, en cualquier área de la entidad (proceso, producto, organización, participación, mercado, protección de la propiedad…) coherentes con el modelo de negocio de la entidad y con alto impacto.
Se pretende que las entidades beneficiarias planteen proyectos unitarios que engloben la totalidad de sus actuaciones de mejora de la competitividad a través de la innovación y que constituyan un conjunto coherente.
Los proyectos subvencionables podrán contener, entre otras, acciones para:
— El diseño o desarrollo de nuevos productos o mejoras sustanciales en las prestaciones de los ya existentes, para su
incorporación a mercado.
— La introducción de novedades en sus procesos productivos o mejoras sustanciales en alguna de las etapas de procesos existentes, siempre que tengan como objetivo dotarlo de un mayor valor añadido.
— La transformación organizacional basada en el protagonismo de las personas y los equipos, a través un proceso de cambio organizativo y en las maneras de gestionar la organización que suponga una participación amplia y plural de las personas de la organización en los procesos de reflexión y puesta en práctica de estos proyectos.
— La innovación para apertura a nuevos mercados y generación de nuevas vías de comercialización de los productos y servicios, así como la servitización de productos.
— La presentación y tramitación de solicitudes de patentes europea, internacional o nacional en el extranjero, de modelos de utilidad o de diseño comunitario internacional o nacional en el extranjero.
— Estudios previos para el análisis de la adquisición de empresas como herramienta para aumentar la competitividad, siempre que el proyecto suponga una innovación para la empresa.
Los proyectos objeto de subvención deberán ser de aplicación e implementación en la entidad solicitante, residiendo el beneficio de los mismos en la propia entidad y manteniendo, además la coherencia con el objeto de su actividad, considerándose subvencionables sólo los gastos de actividades con aplicación directa en los centros del Territorio Histórico de Bizkaia.
En todo caso, los proyectos no serán discriminatorios por razón de sexo y deberán procurar la eliminación de roles y estereotipos en función del sexo.

Máximo de solicitudes:
Cada entidad podrá presentar una (1) única solicitud para proyectos desarrollados únicamente por ella. La solicitud corresponderá, en consecuencia, a un proyecto de carácter integral.
Independientemente de la presentación de proyectos desarrollados por una única entidad, cada entidad podrá presentar una (1) única solicitud como líder de proyectos en colaboración. No existe limitación para participar en otros proyectos en colaboración en los que la entidad no sea la líder del proyecto.
En el caso de solicitudes para proyectos en colaboración, el órgano instructor apreciará si la colaboración puede calificarse como tal de acuerdo a lo establecido en el artículo 3.2 del presente Decreto y, en caso contrario, podrá solicitar a la entidad líder la reformulación de la solicitud como proyecto realizado por una única entidad.
Si el número de solicitudes de una misma empresa supera alguno de los límites fijados en los dos primeros párrafos de este artículo, el órgano instructor evaluará únicamente la solicitud recibida en primer lugar y desestimará automáticamente el resto de solicitudes.

Cuantía de la ayuda.

Las ayudas otorgadas no superarán los siguientes importes por entidad solicitante en cada uno de los proyectos apoyados, en función de la plantilla de la entidad solicitante en el momento de solicitud de la ayuda (en equivalentes anuales a jornada completa):

De 6 a 50: Importe máximo ayuda: 60.000€ en gastos internos: 30.000€
De 51 a 100: Importe máximo ayuda: 80.000€ en gastos internos: 40.000€

Fecha solicitud.

Hasta el 29 de abril de 2016.

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