El objeto de estas bases es regular la concesión de ayudas en forma garantía para la financiación del circulante y la inversión en proyectos de innovación, internacionalización e industrialización.
Características de las ayudas
El Departamento de Empresa y Empleo responderá del 70% del principal pendiente de cada préstamo formalizado a través del ICF.
Las condiciones de los préstamos son:
- a) Tipo de interés: Euribor más un diferencial de hasta 5,75 puntos porcentuales.
- b) Importe: el importe del préstamo se determinará en la resolución, con un mínimo de 50.000 euros y un máximo de 500.000 euros en el caso de circulante y 1.000.000 euros en el caso de inversión, en uno o diversos préstamos. En el caso de inversión, el importe del préstamo no puede exceder del 80% de los gastos aceptados. El importe máximo de préstamos por empresa o grupo empresarial será de 1. 000. 000 euros.
- c) Plazo: el plazo máximo del préstamo de circulante es de 4 años y el de inversión es de 7 años.
- d) Carencia de amortización: hasta 1 año en el caso de circulante y 2 en el caso de inversión, incluida en el plazo.
- e) Desembolso: el préstamo se dispondrá íntegramente en el momento de la firma.
- f) Garantías: Las consideradas suficientes a criterio del Instituto Catalán de Finanzas. Adicionalmente, como complemento de las garantías que aporte el titular, todas las operaciones contarán con la garantía del Departamento de Empresa y Empleo, que será del 70% del riesgo vivo de las operaciones. En previsión de los posibles impagos se afectará el saldo disponible del fondo en el 50% del importe pendiente de los préstamos.
- g) Comisiones: Las operaciones tendrán una comisión de abertura del 0,50% del importe del préstamo formalizado con un mínimo de 500 euros por operación de préstamo.
- h) Interés de demora: tipo de interés vigente + 6.
- i) Amortización: el préstamo se amortizará por trimestres vencidos.
Hasta agotamiento de presupuesto.

