Iniciativa para fomentar la realización de actividades de investigación, desarrollo e innovación en las empresas
Las empresas cada día tienen un papel más participativo y activo en el desarrollo de la innovación. En los últimos años la cantidad de empresas que realizan actividades de I+D+i ha aumentado considerablemente gracias a las políticas activas en investigación y desarrollo y al propio carácter innovador de las entidades. La innovación que tiene lugar en ellas desempeña un papel fundamental en el tejido económico de nuestro país, generando importantes beneficios sociales y económicos. Por esta razón, los gobiernos regionales premian estas actividades con una serie de ventajas fiscales, conocidas como deducciones fiscales por I+D+i.
Los incentivos fiscales por I+D+i tienen como objetivo promover el cambio del modelo productivo y mejorar la competitividad de las empresas a través de la innovación. Se refiere a la reducción de la cantidad del impuesto o carga impositiva de las empresas, que pueden reducir hasta el 50% de la cuota líquida a pagar del Impuesto de Sociedades (número de referencia en el ámbito estatal).
¿Puede mi empresa deducir?
Todas aquellas entidades que hayan desarrollado nuevos procesos, servicios o productos en los últimos 5 años pueden acogerse a la deducción fiscal por I+D+i. Estas empresas deberán justificar adecuadamente dicha actividad para poder llegar a reducir su cuota de impuesto de sociedades. De hecho, las empresas deberán obtener un Informe Motivado o un Acuerdo previo de Valoración sobre la calificación de la actividad como investigación, desarrollo o innovación en tecnología.
¿Cuáles son las ventajas de las deducciones fiscales por I+D+i?
Las deducciones tienen efectos económicos equiparables a los de las subvenciones, sin embargo, no tributan. Además, la solicitud es libre, cualquier tipo de empresa puede participar indiferentemente a su área de conocimiento, volúmenes de gasto y CNAE o tamaño.
La deducción fiscal se aplica en la liquidación anual del impuesto de sociedades, pero la deducción generada pero no aplicada puede deducirse en ejercicios posteriores.
¿Pueden las empresas de los tres territorios del País Vasco aplicar a estas deducciones?
Si, las empresas de los tres territorios de Euskadi pueden aplicar. La presentación de solicitudes de cada territorio es diferente, por lo que te recomendamos ponerte en contacto con nosotros y obtener toda la información necesaria.
En Partners Global Funding tenemos una amplia experiencia en la identificación de las actividades susceptibles a obtener una deducción fiscal por I+D+i. Contáctanos en infor@partners.es para valorar las oportunidades que presenta tu empresa.