Programa Modernización Transporte de Mercancías por carretera para 2023

Para empresas con personalidad jurídica propia y personas trabajadoras autónomas de Bizkaia, dadas de alta en el epígrafe 1722000-Transporte de Mercancías por Carretera del IAE y que puedan superar las 3,5 toneladas de masa máxima autorizada.

Bizkaia aprueba nuevas subvenciones directas para adaptar la flota de vehículos de transporte de mercancías por carretera.

Las ayudas, que pueden solicitarse serán de un máximo de 20.000 euros por solicitante y 4.000 euros por vehículos.

Preguntas Frecuentes

El programa de ayudas  tiene por objeto acompañar al sector del del transporte de mercancía por carretera para que pueda hacer frente a los grandes retos que tienen que ver directamente con su propia competitividad y sostenibilidad.  Y otro ámbito fundamental: la seguridad. También es objeto de este programa de subvenciones la adaptación de los vehículos con la última tecnología en materia de seguridad

Las Empresas con personalidad jurídica propia y personas trabajadoras autónomas que cumplan los siguientes requisitos:
– Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.
–  Estar dado de alta en el IAE, epígrafe 1722000-Transporte de mercancías por carretera.
–   Ser titular de una autorización en vigor habilitante para el transporte público de mercancías en vehículos o conjuntos de
vehículos que puedan superar las 3,5 toneladas de masa máxima autorizada.

Gastos de trabajos realizados por empresas externas a la solicitante para ejecutar sobre los vehículos alguna o algunas de las actuaciones
que se consideran hecho subvencionable.
Para poder ser considerados gastos subvencionables, las facturas relativas a las actuaciones realizadas deberán de cumplir los siguientes
requisitos:

Corresponder a actuaciones ejecutadas y pagadas entre el 1 de enero de 2023 y la fecha de solicitud de la subvención.
Indicar la matrícula del vehículo o vehículos sobre los que se realiza la actuación.
Recoger una descripción comprensible de las actuaciones realizadas y contener información suficiente para comprobar el
cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos a las actuaciones subvencionables.

Gastos no subvencionables (base 5.4): IVA, gastos indirectos, gastos inferiores a 100€, etc.

El importe de las ayudas se obtendrá de la aplicación del 70% sobre la base de gasto que se considere subvencionable.
Las ayudas otorgadas por vehículo no superarán los 4.000 euros.
Las ayudas otorgadas por solicitante no superarán los 20.000 euros.
No se concederán ayudas inferiores a 500 euros.

Plazo de presentación de solicitudes: del 16 de enero hasta las 13:30 del 29 de septiembre de 2023 (salvo que se agote el
presupuesto)
Cada entidad podrá presentar un máximo de 1 solicitud.

¿Quieres que te ayudemos a gestionar la ayuda? Contáctanos y estaremos encantados de ofrecerte nuestra asistencia en la gestión de la ayuda pública.