Ayuda para la incorporación al mercado laboral del colectivo de edad igual o superior a 50 años, en situación de desempleo 1 año o menos con un contrato de trabajo indefinido o temporal de una duración mínima de seis meses.
Preguntas Frecuentes
El objeto de esta ayuda es la contratación del colectivo de personas de igual o superior a 50 años, que lleven en situación de desempleo un año o menos y a las que se les haga un contrato de trabajo indefinido o temporal con una duración mínima de seis meses. Deberá ser a jornada completa o, si es a tiempo parcial, no inferior al 70% de la jornada laboral establecida.
Requisitos para el contratante:
Residir en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Estar desempleada, inscrita y de alta como demandante de empleo en Lanbide
Disponer de un perfil profesional adecuado para el desempeño del puesto a contratar.
Los recursos económicos destinados a la financiación de esta ayuda ascienden a 2.200.000 euros, de los cuales 1.485.000 euros corresponderán al crédito de pago de 2024 y 715.000 euros al crédito de compromiso de 2025 del Presupuesto del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Las ayudas de esta convocatoria son incompatibles con la obtención de cualquier otro tipo de subvención.
las empresas o entidades, independientemente de su forma jurídica, que celebren contratos de trabajo en los términos establecidos en la misma, y tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
Los contratos indefinidos y los contratos temporales cuya duración sea de al menos 6 meses, y cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi, iniciados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOPV (15-11-2023).
Los contratos indefinidos y los contratos temporales cuya duración sea de al menos 6 meses, y cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi, iniciados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOPV (15-11-2023).
Los contratos deben reunir los siguientes requisitos:
a) La contratación adecuada al perfil profesional de la persona contratada.
b) Los contratos por escrito en modelo oficial haciendo constar expresamente la cualificación profesional del trabajador, la fecha de inicio y de fin del contrato, la jornada laboral, así como el puesto de trabajo a desempeñar.
c) Los contratos podrán ser a jornada completa o a jornada parcial; en este último caso, nunca inferior 70% de la jornada laboral establecida.
d) Deberá constar en los contratos la retribución bruta anual en el caso de los indefinidos y la retribución bruta mensual en el caso de contratos de duración de al menos 6 meses.
El importe subvencionado por cada contrato se determinará en función de la titulación académica y de la duración del contrato,variando según el tipo de contrato y el perfil académico del contratado.
Asimismo, las ayudas se incrementarán un 15% cuando la contratación sea de mujeres o personas de edad igual o superior a 55 años, y un 10% si son personas en 2022, 2023 o 2024 hayan finalizado en el Servicio Público de Empleo Lanbide una acción formativa con compromiso de contratación; siempre que el contrato sea indefinido y la jornada laboral de, al menos, el 70%. Si la persona contratada cumple las dos condiciones, el incremento del importe de subvención será del 20%.
Desde el 16 de noviembre de 2023 hasta el 18 de octubre de 2024.