Objeto.
La presente orden tiene por objeto la convocatoria para el ejercicio 2017, de las ayudas destinadas a financiar la realización de proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental por las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura al amparo del
Decreto 40/2016, de 21 de marzo, (DOE n.º 58, de 28 de marzo), según las siguientes modalidades de ayudas:
1. Proyectos de I+D realizados por una empresa.
2. Proyectos de I+D realizados por una agrupación de empresas con la subcontratación de, al menos, un centro público o privado de I+D.
Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente orden, las empresas que desempeñen toda o parte de su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura, pertenecientes a cualquier sector de actividad, que pretendan la realización de proyectos de I+D por una sola empresa o por una agrupación de empresas con la subcontratación de, al menos, un centro público o privado de I+D.
Proyectos subvencionables.
1. El proyecto deberá financiarse al menos en un 20 % por parte del beneficiario sin ningún tipo de ayuda pública.
2. El proyecto de inversión deberá ejecutarse como mínimo en un 30 % de la inversión subvencionable por parte del beneficiario y deberá necesariamente juzgarse técnica, económica y financieramente viable cuando supere el importe de 45.000 € de inversión subvencionable por empresa. Si el proyecto es de cuantía inferior a los 45.000 euros, sólo será necesario juzgarlo técnicamente viable.
Cuantía de la ayuda.
1. La cuantía de la ayuda a otorgar a los proyectos seleccionados que se acojan a la modalidad de ayuda para financiar proyectos de I+D realizados por una empresa, será conforme a la intensidad siguiente:
PROYECTO PYME (%) Gran Empresa (%)
Pequeña Mediana
Investigación Industrial 65 55 45
Desarrollo experimental 40 30 20
2. La cuantía de la ayuda a otorgar a los proyectos seleccionados que se acojan a la modalidad de ayuda para la financiación de proyectos de I+D realizados por una agrupación de empresas con la subcontratación de, al menos, un centro público o privado de I+D, será conforme a la intensidad siguiente:
PROYECTO PYME (%) Gran Empresa (%)
Pequeña Mediana
Investigación Industrial 75 70 60
Desarrollo experimental 55 45 35
3. Dichas intensidades máximas se verán incrementadas, para ambas modalidades de ayudas, en 5 puntos porcentuales, si el proyecto incorpora un titulado universitario de nueva contratación, entendiendo como tal el personal contratado por la empresa a partir de la fecha de solicitud de la ayuda.
Fecha de solicitud.
Hasta el 18 de septiembre de 2017.

