Crecimiento Industrial para microempresas

Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar para el año 2016 la línea de subvenciones Crecimiento Industrial para microempresas industriales (CRECE 1) de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
2. A la presente convocatoria podrán dirigirse las personas físicas o jurídicas que reúnan la condición de persona benefi ciaria según lo previsto en el artículo 2 y cuya actividad sea alguna de las relacionadas a continuación:
a) Relación de actividades incluidas en el sector industrial:
– Industrias extractivas de minerales no energéticos.
– Industria textil y de la confección.
– Industria del cuero y del calzado.
– Industria de la madera y del corcho.
– Industria del papel, edición, artes gráfi cas y reproducción de soportes grabados.
– Industria de la transformación del caucho y materias plásticas.
– Industrias de otros productos minerales no metálicos.
– Industria cementera y derivados.
– Metalurgia y fabricación de productos metálicos.
– Industria de la construcción de maquinaria y equipo mecánico.
– Industria de material y equipo eléctrico, electrónico y óptico.
– Construcción naval, reparación y mantenimiento de buques.
– Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.
– Fabricación de otro material de transporte.
– Industrias manufactureras diversas.
– Talleres de reparación de vehículos.
b) Relación de actividades incluidas en el sector de servicios de apoyo a la industria:
– Instalaciones eléctricas; de fontanería; climatización; gas; pararrayos y similares; aparatos elevadores; telecomunicaciones e industriales.
– Servicios de mantenimiento y manutención industrial.
– Servicios de limpieza industrial especializada, gestión de residuos industriales y recuperación de productos industriales.
– Servicios portuarios.
– Depósitos y almacenamiento de mercancías.
– Laboratorios de ensayo, análisis y certifi cación.
– Sondeos y prospecciones.
c) Relación de actividades incluidas en los sectores prioritarios y ámbitos tecnológicos prioritarios contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación 2020 para la Especialización Inteligente de Cantabria (iCan 2020):
Sectores prioritarios:
– Maquinaria y componentes de automoción.
– Transformación metálica.
– Química.
– Biotecnología.
– Ingeniería marítima.
– Comunicaciones por satélite y radiofrecuencia.
Ámbitos tecnológicos transversales:
– Servicios de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) de apoyo al sector industrial.
– Nanotecnología.
– Fabricación avanzada.

Intensidad y compatibilidad de las subvenciones.
El importe de la subvención será igual al 30% del importe de la inversión subvencionada.

Fecha solicitud. Hasta el 31 de agosto de 2016.

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