Creación, crecimiento y consolidación

Objetivos:
Línea 2.1. Formación especializada. Estimular e incentivar actividades relacionadas con la formación continua en áreas de difícil acceso en el marco formativo tradicional.
Línea 2.2. Gastos de Constitución. Facilitar aquellas actuaciones que deba llevar a cabo el emprendedor para la constitución de su empresa.
Línea 2.3. Gastos de Puesta en Marcha. Incentivar las primeras acciones que el emprendedor debe realizar para la puesta en marcha de su proyecto empresarial.
Línea 2.4. Activos fijos. Incentivar las acciones que el emprendedor debe acometer para la ejecución del plan de inversiones proyectado en la nueva empresa.

Descripción:
Línea 2.1. Formación especializada. Entregas dinerarias sin contraprestación destinadas a fomentar la formación especializada en habilidades técnicas de las distintas áreas funcionales de la empresa.
Línea 2.2. Gastos de Constitución. Entregas dinerarias sin contraprestación para la fi nanciación de los gastos generados en la constitución.
Línea 2.3. Gastos de Puesta en Marcha. Entregas dinerarias sin contraprestación para la fi nanciación de los gastos de puesta en marcha.
Línea 2.4. Activos Fijos. Entregas dinerarias sin contraprestación para la fi nanciación de activos fi jos.

Personas beneficiarias:
Podrán ser personas benefi ciarias aquellas empresas, personas físicas o jurídicas, que hayan elaborado con anterioridad el Plan de Empresa o Plan de Diversifi cación dentro del programa EMPRECAN, siempre con fecha posterior al 1 de enero de 2014.

Cuantía:
Línea 2.1. Formación especializada
La entrega dineraria sin contraprestación consiste en el 70% del importe de la acción formativa considerada elegible con un máximo por empresa de 2.000 €.
Línea 2.2. Gastos de Constitución
La entrega dineraria sin contraprestación consiste en el 100% de los gastos considerados como elegibles con un límite de 500 €.
Línea 2.3. Gastos de Puesta en Marcha.
La entrega dineraria sin contraprestación consiste en el 70% de los gastos considerados como elegibles. El importe global de los gastos considerados elegibles deberá estar comprendido entre 1.000 € y 10.000 €.                                                                                                            Línea 2.4. Activos fi jos.
La entrega dineraria sin contraprestación consiste en el 50% de los conceptos considerados como elegibles. El importe global de las inversiones consideradas elegibles deberá estar comprendido entre 2.000 € y 50.000 €.

Fecha solicitud: Hasta el 30 de Noviembre de 2015.

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