Creación de empresas de base tecnológica

Objetivo.

El objeto de la presente resolución es convocar la concesión por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) de subvenciones vinculadas a proyectos de Creación de Empresas de Base Tecnológica (CREATEC-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2016.

Beneficiarios.

Podrán solicitar estas ayudas las pequeñas empresas innovadoras y de base tecnológica.

Actuaciones subvencionables.

1. El IVACE subvencionará los proyectos de creación de empresas de base tecnológica concretados en la memoria presentada por los solicitantes siempre que reúnan los requisitos previstos en el artículo 50 de las bases reguladoras.
2. El presupuesto subvencionable del proyecto deberá estar comprendido entre 30.000 euros y 175.000 euros y para su cómputo deberá considerarse la suma de importes susceptibles de subvención.
Cuando el solicitante no acredite contar con al menos dos trabajadores consignados en el recibo de liquidación de cotizaciones (TC1) correspondiente al mes de diciembre de 2015 –siendo computables a estos efectos los trabajadores cooperativistas en el caso de las solicitudes presentadas por cooperativas– o haber obtenido ingresos por facturación durante el ejercicio 2015, el presupuesto subvencionable del proyecto deberá estar comprendido entre 30.000 euros y 100.000 euros.
No serán tomados en consideración los proyectos cuyo presupuesto subvencionable no esté comprendido entre los límites anteriores.
3. Las inversiones subvencionadas deberán mantenerse inalterables durante los cinco años siguientes al pago de la subvención. Este requisito se incumplirá si se incurre en cualquiera de las circunstancias siguientes:
a) El cese –salvo en los casos de quiebra no fraudulenta– o la relocalización de la actividad productiva fuera de la Comunitat Valenciana.
b) El cambio en la titularidad de la inversión que proporcione a una empresa o un organismo público una ventaja indebida.
c) Un cambio sustancial que afecte a la naturaleza, los objetivos o las condiciones de ejecución, del proyecto de modo que se menoscaben sus objetivos originales.
4. Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante en la presente convocatoria.
5. El proyecto deberá ejecutarse en el marco de un desarrollo sostenible y de fomento de la conservación, protección y mejora del medio ambiente y contar con un certificado que declare la no afección del proyecto a la denominada Red Natura, espacio físico de especial protección medioambiental configurado así por la Unión Europea.

Cuantía.

1. La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables.
2. La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 0,4 millones de euros.

Fecha solicitud.

Hasta el 28 de febrero de 2017.

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