Objetivo.
Introducir y fomentar el uso intensivo de las tecnologías en las empresas. Tecnologías como son por ejemplo, la computación en la nube, el big data, la impresión 3D, la robótica colaborativa, la realidad aumentada, los sistemas ciberfísicos o el internet de las cosas.
Beneficiarios.
Sociedades válidamente constituidas, antes del 1 de enero de 2013, que desarrollen una actividad industrial productiva.
Hechos subvencionables.
Proyectos de investigación industrial.
Investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes.
Proyectos de desarrollo experimental.
La adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.
Proyectos de innovación en materia de organización de PYME.
La aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores en una PYME.
Proyectos de innovación en materia de procesos de PYME.
La aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos) en una PYME.
Cuantía de la ayuda.
Los apoyos financieros convocados tendrán la forma de préstamos reembolsables con las siguientes características:
- Importe máximo del préstamo: El 80 por ciento del coste financiable de los proyectos.
- Importe del préstamo: El que resulte de la aplicación de los porcentajes y límites establecidos en el apartado séptimo de la convocatoria
- Plazo máximo de amortización: Diez años incluyendo un periodo de carencia de tres años.
- Tipo de interés de aplicación: El tipo de interés aplicable será del 0%.
- El método de amortización seguirá el siguiente sistema: Las cuotas de amortización de principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.
- El presupuesto financiable mínimo de las actuaciones será de 150.000 euros.
Fecha de solicitud.
Hasta el 26 de diciembre de 2017.

