Transformación y comercialización de productos agrarios y alimentarios, y derivados de la pesca y la acuicultura

Objetivos.

1.– Es objeto de la presente Orden convocar, para el ejercicio 2017, ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios y alimentarios, y de los productos derivados de la pesca y la acuicultura.
2.– Las ayudas que se concedan en el ámbito de la presente Orden, tendrán la consideración de subvenciones no reintegrables.
3.– Las ayudas se ajustarán a un programa de inversiones, que podrá ser de carácter anual o plurianual, dependiendo del período de ejecución de los proyectos presentados.

Beneficiarios.

Personas físicas o jurídicas privadas.

Hechos subvencionables.

  • Transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas:

a) Mayor integración de los productos en la cadena alimentaria, impulsando la transformación y comercialización en nuestras explotaciones, así como potenciando el peso económico y el empleo de nuestras cooperativas y empresas agroalimentarias y su papel tractor del sector productivo vasco.
b) Mediante el apoyo a inversiones que contribuyan a mitigar el impacto ambiental, la eficiencia energética, el ahorro y depuración del agua y el aprovechamiento de residuos y subproductos de las empresas agroalimentarias asentadas en la CAPV.

  • Transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura:

Incentivar las inversiones o gastos en los sectores de la transformación y la comercialización.

  • Inversiones en las industrias agrarias y alimentarias:

a) Que estén destinadas a la transformación y comercialización de productos agrarios y alimentarios
b) Que estén realizadas en el sector de la transformación y comercialización de la madera producida en la CAPV
c) Que estén realizadas en el sector pesquero

  • Transformación y comercialización de los productos forestales:

a) Potenciar la mejora competitiva del subsector forestal vasco, mediante el impulso de inversiones relacionadas con la utilizacion de la madera como materia prima o fuente de energia.
b) Fomentar la adaptacion de los productos forestales existentes a los nuevos requisitos del mercado, potenciando la reingenieria de productos, la calidad de la madera y certificacion forestal, financiando la creacion de estructuras comerciales para primera transformacion o su mejor aprovechamiento o el de sus residuos, y mejorando la dimension competitiva de las industrias del aserrio.

Cuantía.

  • Transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas:

El porcentaje máximo de la ayuda será el 40% del importe de la inversión subvencionable.

  • Transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura:

El límite máximo de las ayudas podrá alcanzar hasta el 50% de los costes subvencionables totales de la operación.

  • Inversiones en las industrias agrarias y alimentarias:

El porcentaje máximo de la ayuda será el 40% del importe de la inversión subvencionable.

  • Transformación y comercialización de los productos forestales:

El porcentaje máximo de la ayuda será el 40% del importe de la inversión subvencionable.

Fecha de solicitud.

Hasta el 17 de agosto de 2017.

 

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