Torres Quevedo

Objetivo.

Las ayudas Torres Quevedo tienen como objetivo fortalecer la carrera profesional del personal investigador, estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación, a través de la concesión de ayudas de una duración de tres años a empresas, centros tecnológicos de ámbito estatal, centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos para que desarrollen proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor.

Beneficiarios.

a) Las empresas, entre las que se incluyen las empresas «spin-off» y lasJóvenes Empresas Innovadoras.
b) Los centros tecnológicos de ámbito estatal.
c) Los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
d) Las asociaciones empresariales.
e) Los parques científicos y tecnológicos.

Hechos subvencionables.

Cada entidad podrá presentar un máximo de 3 solicitudes.
Contratación laboral de doctores que desarrollen proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad.

Gastos subvencionables.

Coste de contratación (la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social).

Cuantía.

La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste de contratación (la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social), del tipo de proyecto y del tipo de entidad, teniendo en cuenta que la intensidad de las ayudas no podrá superar los valores indicados en la convocatoria. Las cuantías de las ayudas que se concedan para la segunda y tercera anualidad de contrato serán idénticas a la cuantía de la ayuda concedida para la primera, siempre que se mantengan las condiciones que han determinado dicha cantidad. En ningún caso la ayuda para la segunda y tercera anualidad podrá ser superior a la de la primera anualidad.
El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda por este concepto no podrá ser superior a 55.000 euros, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar en un gasto de contratación superior.
Por otro lado, solo serán financiables aquellos costes de contratación que resulten de retribuciones brutas anuales iguales o superiores a 18.000 euros.

PROYECTO O ACTUACIÓN INTENSIDADES BRUTAS MÁXIMAS DE AYUDA EN FORMA DE SUBVENCIÓN A LOS BENEFICIARIOS
Pequeñas empresas
Proyectos de investigación industrial 70%
Estudios de viabilidad 70%
Proyectos desarrollo experimental 45%

Medianas empresas
Proyectos de investigación industrial 60%
Estudios de viabilidad 60%
Proyectos de desarrollo experimental 35%

Grandes empresas; Centros tecnológicos; Centros de apoyo a la innovación; Asociaciones empresariales; Parques científicos y tecnológicos
Proyectos de investigación industrial 50%
Estudios de viabilidad 50%
Proyectos de desarrollo experimental 25%

Fecha de solicitud.

Hasta el 14 de febrero de 2019.

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