[vc_row][vc_column][vc_column_text]¿Qué son las deducciones fiscales por I+D+i?
El sistema español de aplicación de deducciones fiscales a empresas y proyectos que apuesten por el I+D+i se encuentra entre los más importantes y cuantiosos. Para muestra un dato. Si se dispone del correspondiente Informe Motivado Vinculante, se puede deducir hasta el 42% de los gastos e inversiones que han hecho posible esa innovación y el desarrollo a ella ligado.
Eso sí, existen diferencias en el importe final entre el I+D aplicado a desarrollo y la innovación tecnológica. Esta recibe una incentivación fiscal máxima del 12% del gasto que ha implicado.
La actualización de la Ley del Impuesto de Sociedades (Ley 27/2014) permite a las empresas monetizar la deducción a cambio de una quita del 20% del importe a percibir como deducción.
¿Cómo se obtiene el Informe Motivado?
El proceso de solicitud del informe motivado vinculado consta de tres etapas. En la primera de ellas, la empresa redacta el IM del proyecto ex-antes, y una vez ejecutado, se recupera toda la información que justifique los números del informe oficial. Dicho informe deberá cumplir con los requisitos del CEA de ENAC y del Ministerio.
En una segunda fase, la empresa se dirigirá a cualquiera de las entidades que certifican proyectos de I+D+i, que se encargan de emitir un informe técnico-económico que ha de adjuntar a su propia documentación a la hora de presentar el proyecto en el Ministerio, que se corresponde con la fase final.
Con toda esta documentación, el Ministerio emite el Informe Motivado Vinculante. En el momento en que se dispone de dicho informe, la empresa elige qué deducciones aplica.
Fuente: Partners Global Funding[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]