El objeto de las mismas es incentivar la creación de nuevas empresa o la mejora de las empresas ya existentes, mediante una ayuda que apoye las inversiones, dada la necesidad de revitalizar el tejido económico de la zona de actuación, a través de la atracción de nuevas iniciativas empresariales que complementen la oferta actual existente y por otro de incentivar a las empresas al uso de las nuevas tecnologías.
Para que los proyectos de inversión puedan ser objeto de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:
- Que la actividad subvencionable se desarrolle en la Zona Subvencionable.
- Que el desarrollo de la actividad subvencionable tenga carácter continuo en el ejercicio económico.
- Que la aportación mínima del beneficiario sea del 30% de la inversión subvencionable, libre de toda ayuda, incluida la de minimis; pudiendo recurrir para el resto de la financiación necesaria a cualquier fuente de financiación externa.
- Que aporten la documentación preceptiva, según la Memoria explicativa.
- Que el proyecto empresarial sea informado favorablemente.
- Que el centro de trabajo afecto a la actividad para la que se solicita la ayuda sea totalmente independiente.
En la presente convocatoria, y en base al límite de la consignación presupuestaria existente, el total de las ayudas que se podrán conceder no podrá superar la cantidad de 100.000,00 euros.