ESTRATEGIA RIS3MUR
Objetivo.
La concesión de ayudas públicas en régimen de concurrencia competitiva para la financiación de los Proyectos Estratégicos contemplados en la Estrategia de Especialización e Innovación para la Especialización Inteligente de la Región de Murcia (Estrategia RIS3Mur).
Naturaleza y tipos de los Proyectos Estratégicos de I+D.
1. Naturaleza.
a) Tendrán la consideración de Proyectos Estratégicos RIS3Mur aquellos que sean presentados por agrupaciones voluntarias de al menos cinco agentes del SRCTE, siendo obligatoriamente que dos de ellos sean empresas con ánimo de lucro o sus asociaciones.
b) Estas agrupaciones deberán adoptar un acuerdo de colaboración de conformidad con lo establecido a continuación en la Base 7.
c) Los proyectos deberán estar alineados con los ámbitos de especialización inteligente de la Región de Murcia así como con aquellas tecnologías de carácter transversal que impulsan su desarrollo y surgir del análisis de debilidades y fortalezas en el ámbito de especialización en el que se incardinan, así como de sus amenazas y, sobre todo, de sus oportunidades.
d) Estos Proyectos deben ser actividades multidisciplinares en cooperación en los que un grupo de empresas, investigadores de universidades y organismos de investigación, y otros agentes del Sistema Regional de Ciencia, Tecnología y Empresa, exploran, experimentan y aprenden en un nuevo campo de oportunidades tecnológicas y de mercado de interés para implementar nuevos productos o servicios que permitan crear un nuevo nicho de actividad.
e) Asimismo, los Proyectos Estratégicos, de acuerdo con lo establecido en la Estrategia RIS3Mur, habrán de tener gran dimensión, alto grado de innovación, elevado riesgo tecnológico, proyección económica y comercial a nivel global y favorecer el establecimiento de vínculos duraderos entre las empresas y los investigadores.
f) El fin último de estos proyectos es la puesta en el mercado de nuevos productos o servicios que sirvan de “banderín de enganche” a otras empresas y emprendedores y permitan crear un nuevo nicho de actividad (descubrimiento emprendedor).
2. Tipos.
Los Proyectos podrán ser de uno de los dos tipos siguientes:
a) Proyectos de investigación industrial: la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la
investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
b) Proyectos de desarrollo experimental: la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios; el desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados; puede incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación. No incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.
Cuantía.
Los proyectos que se presenten habrán de tener un presupuesto subvencionable mínimo de 600.000 € y máximo de 1.000.000 €.
La participación mínima por beneficiario será del 5% del presupuesto subvencionable del proyecto, no obstante, la participación empresarial no podrá ser inferior al 30% del presupuesto subvencionable del proyecto. Se entenderá como participación empresarial la suma de las participaciones de las empresas, independientemente de su carácter público o privado, sin que ninguna de las mismas soporte más del 70% del total de la participación empresarial.
Fecha solicitud. Hasta el 30 de Septiembre de 2016.