Objetivo.
Apoyar la puesta en marcha de sistemas cuya finalidad sea el soporte de procesos sectoriales multiempresa, como pueden ser órdenes de fabricación distribuida, sistemas de facturación, procesos entre un líder industrial hacia las empresas que conforman su cadena de valor, Business Process Management en general, etc., o proyectos individuales hacia digitalización o conectividad de la pyme.
Hechos subvencionables.
1. Los proyectos podrán ser de dos modalidades:
a) Proyectos colectivos, en los que un grupo de empresas (opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
1º. Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales.
2º. Proponen la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o de gestión integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad.
b) Proyectos individuales en los que una pyme aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
1º. Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio, o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores.
2º. Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral (ERP, CRM y similares), interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, bigdata y similares) y ciberseguridad.
3º. Sistemas de inteligencia artificial, aprendizaje automático y toma de decisiones autónomos.
Los proyectos de la modalidad a) tendrán preferencia sobre los de la modalidad b).
2. Los proyectos deberán estar finalizados para poder optar al cobro de la subvención.
Se entiende que los proyectos están finalizados cuando exista la capacidad de interconexión multiempresa de procesos en el caso de los proyectos colectivos o cuando las interfaces puedan conectar a la solicitante con otra u otras empresas, o bien los sistemas de digitalización estén implantados y operativos, en el caso de proyectos individuales. No se aprobarán proyectos que no propongan llegar a resultados, como estudios de viabilidad o diseño de soluciones aisladamente de su desarrollo e implantación en la empresa solicitante.
Cuantía.
La subvención será del 30 % de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas, y del 20 % para las medianas.
La subvención será del 50 % de los gastos de colaboraciones externas subvencionables para ambas categorías de empresa, pequeñas y medianas.
Fecha de solicitud.
Hasta el 15 de marzo de 2019.