La Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación es responsable de las políticas de investigación científica y técnica, desarrollo e innovación, incluyendo la dirección de las relaciones internacionales en esta materia y la representación española en programas, foros y organizaciones internacionales y de la Unión Europea de su competencia (H2020) En concreto, España ha obtenido hasta ahora el 10% de los fondos de Horizonte 2020, lo que sitúa a nuestro país en la cuarta posición de la UE 28.
Para obtener un informe calificativo de las deducciones fiscales por el concepto de I+D, los Departamentos de Hacienda de las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, han firmado con SPRI un acuerdo a fin de que por parte de ésta se emita un informe vinculante para las citadas Administraciones tributarias en lo que se refiere a la naturaleza y calificación de la actividad como investigación o desarrollo.
Para obtener el informe calificativo de las deducciones fiscales por el concepto de Innovacion el Departamentos de Hacienda de la Diputacion Foral de Bizkaia han firmado con el departamento de promocion economica un acuerdo a fin de que por parte de ésta se emita un informe vinculante en lo que se refiere a la naturaleza y calificación de la actividad como inovacion.
Conceptos:
- Investigación: actividades cuyo objetivo es la adquisición de nuevos conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o contribuir a mejorar considerablemente los ya existentes.
- Desarrollo: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Se incluye la elaboración de proyectos, diseños, planos y demás tipos de documentación siempre y cuando no vaya destinada a usos comerciales, así como el desarrollo de prototipos y proyectos piloto. El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en los productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras actividades en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras.
- Innovación:aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluyendo cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos (innovación tecnológica y en materia de procesos), aplicación de nuevos métodos organizativos a las prácticas comerciales (innovación comercial), la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de la empresa (innovación en materia de organización), etc.
¿EN QUÉ CONSISTE LA DEDUCCIÓN?
Deducción por la realización de actividades de I+D
- El 30% de los gastos efectuados por este concepto y del 50% por el exceso de los gastos de la media efectuada en los dos años anteriores.
- Deducción adicional del 20% del importe de los gastos correspondientes a proyectos de I+D contratados con Universidades, Organismos Públicos de Investigación o Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica.
- El 10% de las inversiones en elementos del inmovilizado (excepto inmuebles y terrenos afectos exclusivamente a estas actividades).
Deducción por la realización de actividades de innovación tecnológica
- El 15%/20% de los gastos correspondientes a la obtención del certificado de cumplimiento de las normas de aseguramiento de la calidad y proyectos que se encarguen a Universidades o determinados organismos.
- El 10%/15% de los gastos en diseño industrial, ingeniería de procesos de producción y adquisición de tecnología avanzada.
Deducciones I+D+i: Proyectos realizados entre el 1 de enero hasta 31 de diciembre de 2016.