La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para el aprovechamiento de energías renovables de uso propio en Castilla-La Mancha, mediante la aplicación de alguna de las siguientes tecnologías:
- Biomasa térmica.
- Fotovoltaica o mixta eólica-fotovoltaica aislada con y sin acumulación.
- Geotermia.
Las subvenciones se otorgarán con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos destinados a tal fin.
- Podrán ser objeto de subvención, con las especificaciones técnicas y concreciones recogidas, las actuaciones siguientes:
- Biomasa térmica.
Instalaciones de producción de energía térmica para uso doméstico o en edificios, utilizando como combustible la biomasa. - Fotovoltaica o mixta eólica-fotovoltaica aislada con y sin acumulación.
Instalaciones de generación eléctrica, que transformen la energía de la radiación solar, mediante módulos fotovoltaicos o de la energía del viento mediante aerogeneradores, en energía eléctrica, para su consumo aislado de la red de distribución, pudiendo contar el sistema con acumulación de energía eléctrica. Solo se admitirán instalaciones mixtas en que la aportación fotovoltaica sea al menos del 50 % de la potencia eólica. - Geotermia.
Instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía térmica, calor y/o frío existente en el subsuelo, para su consumo, mediante sistemas electromecánicos o termodinámicos.
- Biomasa térmica.
- Todos los proyectos deberán ser técnicamente viables y ejecutarse en el periodo indicado en la correspondiente convocatoria.
Los recursos económicos para esta convocatoria será de 591.150,00 €.