Ahorro y eficiencia energética en el sector industrial

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para 2016, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas públicas para el ahorro y eficiencia energética en el sector público e industrial, promoviendo con ello el ahorro y la eficiencia energética en dichos sectores.

Mejora del proceso industrial

Actuaciones y costes subvencionables.
1. Serán susceptibles de subvención las inversiones en equipos o sistemas del proceso productivo, incluidos los de carácter auxiliar necesarios para su funcionamiento, destinados a conseguir el ahorro de energía e incrementar la eficiencia energética de dichos procesos, utilizando, a tal fin, tecnologías de alta eficiencia para reducir el consumo energético y las emisiones de gases contaminantes, que se desarrollen en Castilla-La Mancha.
2. Serán costes subvencionables los correspondientes a las inversiones en equipos, nuevas instalaciones y sistemas de consumo y/o transformación de energía, en el proceso productivo, los proyectos técnicos necesarios al efecto, su montaje y puesta en marcha y la obra civil asociada al proyecto.

Cuantía de la subvención.
La cuantía de la subvención será del 30 % del coste subvencionable (IVA excluido), con el límite de 50.000 euros, por beneficiario y programa.

Auditorías energéticas en la industria

Actuaciones y costes subvencionables.
1. Serán subvencionables las realizaciones de auditorías energéticas de los procesos industriales desarrollados en Castilla-La Mancha, cuya finalidad sea determinar el potencial de ahorro de energía de estas instalaciones y facilitar la toma de decisiones de inversión en ahorro energético. Podrán realizarse auditorías energéticas a líneas de producción o procesos productivos, sin necesidad de auditar el sistema global. Dichas auditorías deberán incluir el contenido mínimo establecido en el anexo IV.
2. Las empresas que eventualmente lleven a cabo las auditorías deberán acreditar probada experiencia en la realización de las mismas en el sector industrial. Dicha experiencia se acreditará mediante la aportación de, al menos, un el certificado de buena ejecución emitido por el organismo, entidad pública o empresa privada sobre la que se efectuó aquella.
3. Se considerarán costes subvencionables la realización de dichas auditorias, y los costes derivados de las mismas como son, toma de datos y confección de la documentación técnica correspondiente. No serán subvencionables aquellas auditorias que hayan sido previamente subvencionadas por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Cuantía de la subvención.
La cuantía de la subvención será del 60 % del coste subvencionable (IVA excluido), por beneficiario y programa.

Fecha solicitud: Hasta el 7 de marzo de 2016.

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